Fuente: confilegal.com

El Boletín Oficial del Estado ha publicado una Orden por la que se incrementa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al elevar desde 0,19 euros a 0,26 euros la cuantía por el que se multiplican los kilómetros recorridos con vehículo propio por trabajadores y autónomos para deducir el resultado del gasto en la declaración de la Renta.

No obstante, un estudio del Registro de Economistas Asesores Fiscales sitúa esta cantidad en los 0,47 euros por kilómetro para que el contribuyente no pierda dinero.

La Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, modifica la letra b) del artículo 9.A.2 y la letra a) del artículo 9.B.1 del Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para que se excluya la cantidad que resulte de multiplicar esos 0,26 euros por el número de kilómetros recorridos, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

La medida ha sido acogida con regocijo por los asesores fiscales, puesto que supone un respiro para los trabajadores que tienen que realizar desplazamientos de trabajo con su vehículo particular.

No obstante, las diversas fuentes consultadas señalan que, aunque esta medida es importante, es preciso actualizar los gastos del vale de comida, que se sitúan en la actualidad en 11 euros, cuando el menú medio, según el REAF está en 13 euros de media.

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